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SALUD OCUPACIONAL

La finalidad de estos exámenes no es más que proteger y promover la seguridad y salud de los trabajadores. Además, también tienen como propósito como generar ambientes de trabajo saludables que incluyan aspectos físicos, psicosociales y organizacional de trabajo. 

Asimismo, ayudan a establecer un procedimiento de vigilancia de la salud de los trabajadores. De esta forma, se logra identificar y controlar los riesgos ocupacionales gracias a la información probatoria que sirve para fundamentar las medidas de prevención y control en los ambientes de trabajo. 

El examen médico ocupacional (EMO), ES LA EVALUACIÓN MEDICA que hacen las empresas a sus trabajadores CON LA FINALIDAD DE reducir la exposición a riesgos ocupacionales. Es por ello, que, ante la posibilidad de afectar la salud de los trabajadores, la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, indica que es responsabilidad del empleador realizar los exámenes médicos ocupacionales (EMO) a sus trabajadores en un centro acreditado para esta evaluación, a fin de asegurar una detección precoz de enfermedades y traumatismos relacionados con el trabajo.

Examen médico de ingreso

  • Es la evaluación médica que se realiza al trabajador antes de que ingrese al puesto de trabajo. Tiene por objetivo determinar el estado de salud al momento del ingreso, y su aptitud al puesto de trabajo. 
 Examen médico periódico

  • Se realiza con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, que se asocien al puesto de trabajo y los estados pre-patológicos. 
 Examen médico de retiro

  • Evaluación médica realizada al trabajador respecto de su estado y condición de salud días previos al cese laboral. Mediante este examen se busca detectar enfermedades relacionadas al trabajo, secuelas de accidentes de trabajo y en general lo agravado por el trabajo. 
 Examen por cambios de ocupación o puesto de trabajo

  • Esta evaluación se realiza al trabajador cada vez que éste cambie de ocupación y/o de puesto de trabajo, de funciones, tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo, en los que se detecte un incremento de su magnitud, intensidad o frecuencia. 
 Por reincorporación laboral

  • Evaluación que se realiza posterior a incapacidad temporal prolongada.
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